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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS ADSCRITAS AL SERVICIO DE AVISOS DE TRABAJO DE AGREMIA

Con carácter general, para poder acceder al Servicio de Avisos de Trabajo de Agremia, el solicitante deberá ser empresa asociada a Agremia y reunir los requisitos exigidos en la legislación por la legislación vigente para ejercer la actividad según su subsector y categoría.


Así mismo, la adscripción y permanencia en el servicio estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

• Suscribir y cumplir el Código Ético de Agremi

• Estar adherida al Servicio de Arbitraje de Consumo bien a nivel nacional, en la Comunidad de Madrid, o en el ámbito territorial en el que desarrolle sus actividades.

• Atender de manera efectiva a los clientes a los que se faciliten sus datos de contacto, prestando el servicio con la mayor diligencia posible.

• Disponer de los medios materiales y humanos necesarios para prestar el servicio de manera eficiente.

• No subcontratar totalmente o derivar el servicio ofertado, sin perjuicio de poder contar con el auxilio de terceros profesionales en aquellos casos en los que los trabajos exijan su intervención.

• Comunicar a Agremia, a la mayor brevedad posible, la intención de cesar el servicio (aunque sea de manera temporal), o cualquier cambio en los datos de contacto o en las especialidades ofertadas.

• Actuar con la profesionalidad necesaria y con absoluto respeto a las obligaciones legales de cualquier índole que afecten al ejercicio de la actividad ofertada.

• Atender de manera diligente las reclamaciones de los clientes por los servicios prestados.


El incumplimiento de las anteriores obligaciones, una vez constatado por Agremia, podrá dar lugar a baja de la empresa en el servicio bien de manera temporal, bien de manera definitiva, en atención a las circunstancias y al tipo de incumplimiento.